En la actualidad tanto las necesidades de los empleados y empleadas como las de los empresarios y empresarias continúan cambiando. El teletrabajo se ha establecido como una de las prioridades laborales de los diferentes profesionales, sumándose a aquellas relacionadas con la formación, flexibilidad en el horario, entre otras. Además, la organización busca trabajadores y trabajadoras con motivación y compromiso, pudiendo disminuir así la tasa de rotación de la empresa. En definitiva, una necesidad recíproca que es necesario gestionar adecuadamente.
En este post se propone el uso de los I-Deals como forma de abordarlo observando cuáles son sus principales características y tipos.
Los I-Deals son acuerdos, entre un empleado o empleada y un empresario o empresaria, respecto a diferentes elementos del trabajo que benefician a ambas partes en la relación (Rousseau et al., 2016; Simosi et al., 2021).
Tomando esta definición como partida es necesario destacar algunos conceptos claves para que se pueda entenderse su significado:
1. ¿Voluntarios u obligados? Voluntarios, es decir, ambas partes actúan libremente para negociar ciertas condiciones que puedan beneficiarles.
2. ¿Personalizados o generales? Personalizados, es decir, aquello que va más allá del convenio colectivo por el que se rige la empresa.
3. ¿Heterogéneos u homogéneos? Heterogéneos, es decir, existen muchas formas y tipos de I-Deals, en función de las necesidades de cada una de las partes.
4. ¿A quién beneficia? A ambas partes. Un I-Deal no puede verse como una negociación ganar-perder, se buscan consecuencias positivas tanto para la empresa como para el personal.
5. ¿Siempre se puede negociar? Los I-Deals pueden negociarse en cualquier momento, desde en la entrevista inicial hasta en el día a día en el trabajo.
Ya se ha dicho que la diversidad de este tipo de elementos a negociar es muy variada. Pese a ello, se proponen los más utilizados (ver Figura 1) y el momento en el que se realiza (ver Figura 2) para que pueda entenderse de forma más sencilla (Rousseau et al., 2016).
Figura 1
Tipos de I-Deals según qué se negocie
I-Deals de Desarrollo. Negociaciones con el objetivo de mejorar competencias profesionales del trabajador o trabajadora.
I-Deals de Tarea. Acuerdos realizados con el objetivo de hacer más interesante y/o satisfactoria una tarea laboral.
I-Deals de Flexibilidad. Este tipo de negociaciones permite al personal cambiar su horario o lugar de trabajo.
I-Deals de Reducción de Carga de Trabajo. Suelen encontrarse relacionados con la disminución de horas dentro de un determinado puesto.
I-Deals Financiero. Acuerdos relacionados con beneficios o remuneraciones extras.
I-Deals de Reducción de Carga de Trabajo. Suelen encontrarse relacionados con la disminución de horas dentro de un determinado puesto.
Además, como se dijo, este tipo de acuerdos pueden negociarse en diferentes momentos laborales.
Figura 2
Tipos de I-Deals según qué se negocie
Este tipo de acuerdos beneficia a las partes. Por ejemplo, al personal, con una mejor conciliación laboral – familiar y adaptación a sus problemas de salud, a la organización, con un mayor compromiso y retención de sus empleados y empleadas y a los compañeros y compañeras, ofreciéndoles referencias para posibles negociaciones futuras (Matthijs, 2018).
En definitiva, son formas de mejorar las negociaciones entre las partes, alejándose de la idea en donde para ganar hace falta que la otra parte pierda.
Referencias bibliográficas:
Matthijs Bal, P. (2018). Why do people negotiate I-deals? An exploration of the process of i-deal negotiation. New Zealand Journal of Employment Relations, 42(1), 2–18. https://www.researchgate.net/publication/316880465
Rousseau, D. M., Tomprou, M., & Simosi, M. (2016). Negotiating flexible and fair idiosyncratic deals (i-deals). Organizational Dynamics, 45(3), 185–196. https://doi.org/10.1016/j.orgdyn.2016.07.004
Simosi, M., Rousseau, D. M., & Weingart, L. R. (2021). Opening the Black Box of I-Deals Negotiation: Integrating I-Deals and Negotiation Research. Group and Organization Management, 46(2), 186–222. https://doi.org/10.1177/1059601121995379
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